PROPIETARIOS EN Madrid
Publica tu alojamiento en Madrid
Gratis, sin cuota mensual ni permanencia. Sólo pagas cuando entra una reserva. Y antes de nada, lo que en Madrid te van a pedir.
Crear mi cuentaEl registro que te piden en Comunidad de Madrid
Para alquilar por días en Madrid tienes que estar inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas. Lo regula Decreto 79/2014, modificado por el Decreto 29/2019.
- Hace falta un certificado de idoneidad de la vivienda (CIVUT) antes de nada.
- Con él se presenta una declaración responsable de inicio de actividad ante la Dirección General de Turismo, y la vivienda queda inscrita en el registro.
- 🔴 En la ciudad de Madrid el ayuntamiento exige ADEMÁS una licencia de actividad de hospedaje. Son dos permisos distintos, no uno.
- 🔴 El decreto se modificó en 2026 y la declaración la presenta quien explota la actividad, que no siempre es el propietario. Comprueba la versión vigente antes de tramitar.
Lo contamos aquí porque es lo primero que frena a un propietario, y porque la ley europea nos obliga a nosotros a mostrar tu número y comprobarlo. Sin él no podemos publicar tu casa.
Comprobado el 20 de octubre de 2026 en la fuente oficial:
BOE · Resolución que detalla el régimen de las viviendas de uso turístico en la Comunidad de MadridEsto no es asesoramiento jurídico. Son los datos de la administración con su enlace, para que vayas a comprobarlos tú.
Y lo que ya NO te piden
Hasta mayo de 2026 existía además un registro único estatal, con códigos que empiezan por ESFC. El Tribunal Supremo anuló ese procedimiento (sentencia 620/2026, de 19 de mayo), porque la competencia es de cada comunidad autónoma. Si tienes un número ESFC no lo tires —sigue identificando tu vivienda— pero el registro que te obliga hoy es el de Comunidad de Madrid.
Lo que ya publicamos en Madrid
Todavía no publicamos ninguna casa en Madrid. La tuya sería la primera, y aparecería sola en las búsquedas de la zona.
Qué hacemos con tu anuncio
- Reescribimos tu ficha en español y en inglés para que la entiendan Google y los asistentes de IA.
- Publicamos tu número de registro a la vista, que es lo que exige el Reglamento (UE) 2024/1028.
- Calculamos tu municipio real desde las coordenadas y medimos las distancias a la playa y al aeropuerto.
- Cada alojamiento lleva su propio agente de IA que contesta a quien está mirando tu casa.
Preguntas de propietarios en Madrid
¿Cuánto cuesta publicar mi alojamiento de Madrid?
Nada. No hay cuota mensual ni permanencia. Sólo se cobra comisión cuando entra una reserva: el 15 % en el plan Gratis y el 10 % en Pro, sobre el total que paga el viajero. Y el dinero va directo a tu cuenta de Stripe, no pasa por la nuestra.
¿Necesito el número de registro para publicar?
Sí. El Reglamento (UE) 2024/1028 obliga a las plataformas de alquiler de corta duración a mostrar el número y a comprobarlo, así que sin él no podemos publicar tu casa. Esa obligación es nuestra, no tuya, pero sin tu número no podemos cumplirla.
Tengo un número que empieza por ESFC. ¿Me sirve?
Guárdalo, porque sigue identificando tu vivienda, pero no es el que te obliga hoy. Venía del registro único estatal, cuyo procedimiento anuló el Tribunal Supremo en mayo de 2026 por ser competencia de cada comunidad autónoma. El que cuenta es el de Comunidad de Madrid.
¿Tengo que quitar mi anuncio de Airbnb o Booking?
No, y no lo recomendamos. No hay exclusividad. Puedes tener tu casa en los dos sitios: los calendarios se sincronizan y así no te arriesgas a una doble reserva.
¿Qué pasa si mi ayuntamiento me pide además una licencia?
Que tienes que conseguirla igual. El registro de Comunidad de Madrid y los permisos municipales son cosas distintas, y una no sustituye a la otra. Compruébalo en tu ayuntamiento antes de empezar.
