Qué se considera vivienda de uso turístico
Son inmuebles amueblados y equipados para su cesión temporal en su totalidad, comercializados principalmente en canales de oferta turística con finalidad lucrativa.[2]
Se entiende habitualidad cuando en un mismo año natural se facilita alojamiento por tiempo que, en conjunto, exceda de un mes. La prestación tiene carácter temporal, con un máximo de dos meses seguidos a un mismo turista.[2]
Quedan excluidos los conjuntos o bloques con dos o más unidades explotadas por el mismo titular, que se rigen por la normativa de apartamentos turísticos.[2]
Quién puede tramitar y para qué sirve
Pueden tramitar personas físicas o jurídicas que cumplan la normativa. El procedimiento abarca el acceso y ejercicio de la actividad, cambios de titularidad, modificación de datos, cese e incorporación de documentos. Identificadores: IAPA 2582 y SIA 1253474.[1]
Antes de iniciar: requisitos de la vivienda y de la empresa
La vivienda debe contar con licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o autorización municipal y cumplir las condiciones técnicas y la normativa urbanística, sanitaria, de seguridad, accesibilidad, higiene, medio ambiente y demás normas sectoriales.[2]
Se aplican los requisitos generales de los artículos 7 a 12 del Decreto 3/2017, con posibles dispensas cuando concurran circunstancias que compensen el incumplimiento, en particular en inmuebles del Patrimonio Cultural.[1][2]
La empresa debe facilitar un teléfono o correo disponible 24 horas y garantizar servicio urgente de asistencia y mantenimiento. Debe mantener vigentes y actualizados los seguros de responsabilidad civil que exija la normativa turística.[2][3]
Cómo dar de alta la vivienda: paso a paso
Presenta una declaración responsable por cada establecimiento con anterioridad al inicio de la actividad, acompañada de los documentos reglamentarios y manifestando que cumples los requisitos y dispones de su acreditación.[1][2][3]
Puedes presentarla presencialmente en oficinas de asistencia en materia de registros o en los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, y también por vía electrónica conforme a los requisitos técnicos y, en su caso, con certificado electrónico.[1]
La tramitación electrónica puede hacerse por aplicación autenticada, formulario online PDF enviado por la aplicación de Administración Electrónica o formulario web. Al finalizar, comprueba, anexa, firma, registra electrónicamente y descarga el justificante de presentación.[1]
La presentación habilita desde el día de su presentación. La inscripción en el Registro de Turismo de Castilla y León se practica de oficio y las notificaciones pueden realizarse por correo postal o electrónicamente.[1][2][3]
Obligaciones de información y atención al turista
Exhibe junto a la entrada principal una placa normalizada con el distintivo establecido.[1]
Al formalizar la admisión entrega una hoja de información y asegúrate de que la información para turistas conste en un tablón de anuncios o medio similar.[1]
Mantén una lista de precios y, si lo deseas, un reglamento de régimen interno con prohibiciones y normas de convivencia. Exhibe de forma visible los distintivos y el aforo. Ten hojas de reclamación y anúncialas visiblemente, facilitando su cumplimentación.[1][3]
En toda publicidad, comercialización y documentación indica de forma no confusa el número de Registro de Turismo de Castilla y León y las condiciones sobre reservas.[1]
Lleva un registro documental de entradas y salidas de turistas y ponte en contacto con la Policía Nacional o Guardia Civil de la localidad para el envío de la información requerida.[1]
Cambios, modificaciones y cese de la actividad
En cambios de titularidad, el nuevo titular debe presentar una nueva declaración responsable en el plazo de un mes, siempre con antelación al inicio de la actividad.[1]
Las modificaciones de datos y el cese de la actividad deben comunicarse en el plazo de un mes mediante el formulario de comunicación dirigido a la Sección de Turismo provincial. Comunica también cualquier modificación de los datos de la declaración responsable o reformas sustanciales.[1][3]
Para subsanar o incorporar nueva documentación a un procedimiento ya iniciado utiliza el modelo de incorporación de datos o documentos.[1]
Tras presentar la declaración responsable y durante la actividad, la Administración puede realizar controles e inspecciones. La actividad o su publicidad sin haber presentado la declaración es clandestina y sancionable; el incumplimiento de obligaciones también es sancionable.[2][3]
Marco legal y Registro de Turismo
La normativa aplicable incluye la Ley 14/2010 de Turismo de Castilla y León, el Decreto 3/2017 que regula estas viviendas y la Orden CYT/1318/2019.[1][2][3]
El Registro de Turismo de Castilla y León es administrativo y público; la inscripción se practica de oficio una vez presentada la declaración responsable.[3]
